Aguinaldo: cuánto te toca exactamente, cuándo debe llegar y los errores que te cuestan dinero
Quince días es el mínimo legal, no el máximo, y la fecha límite no es Nochebuena. Dos detalles que la mayoría desconoce y que se traducen en pagos incompletos cada diciembre.

El aguinaldo es la prestación más esperada del año y también una de las peor entendidas. Dos datos concretos evitan la mayoría de los problemas: quince días es el mínimo, no el máximo, y la fecha límite es el 20 de diciembre, no Nochebuena.
Cuánto te toca
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo fija el mínimo en 15 días de salario. Muchas empresas dan 30 o más por contrato o política interna; ese extra es válido y exigible si está por escrito, pero por debajo de 15 días nadie puede pagarte.
El cálculo, si trabajaste el año completo:
salario mensual ÷ 30 = salario diario
salario diario × 15 = tu aguinaldo
Si entraste a mitad de año, te toca la parte proporcional:
(15 ÷ 365) × días trabajados × salario diario
Un ejemplo para que quede claro. Si ganas 15.000 pesos al mes y trabajaste 200 días:
- Salario diario: 15.000 ÷ 30 = 500 pesos
- Proporcional: (15 ÷ 365) × 200 = 8,22 días
- Aguinaldo: 8,22 × 500 = 4.110 pesos
Cuándo debe llegar
Antes del 20 de diciembre. En la práctica, el último día hábil para cumplir es el 19. No es "en diciembre" ni "antes de Navidad": es esa fecha, y llega antes de lo que la mayoría supone.
Si tu empresa lo paga en enero, está incumpliendo. Si lo paga en dos partes y la segunda cae después del 20, también.
Quién tiene derecho
Prácticamente todo trabajador con relación laboral, incluidos:
- Quienes trabajaron solo una parte del año (proporcional).
- Quienes ya salieron de la empresa: si trabajaste de enero a junio y renunciaste, te corresponde la parte proporcional, y debe ir incluida en tu finiquito.
- Quienes estuvieron incapacitados parte del año, con las reglas que apliquen a su caso.
Los tres errores que más dinero cuestan
1. Calcularlo con el sueldo neto en vez del que marca tu contrato. Es la confusión más común y siempre sale a favor de la empresa. Revisa qué salario usaron como base.
2. Creer que "no me toca porque llevo poco". Falso. No hay antigüedad mínima: si trabajaste un mes, te toca un mes proporcional.
3. Aceptar vales o mercancía. El aguinaldo se paga en dinero. Ni en despensa, ni en productos de la empresa, ni en tiempo libre.
Ojo: sí paga impuestos (pero no todo)
El aguinaldo tiene una parte exenta de ISR equivalente a 30 días de salario mínimo. Lo que exceda ese monto sí causa impuesto. Por eso el depósito casi siempre es menor que el cálculo bruto: no necesariamente te pagaron mal.
Si no te lo pagan
Igual que con el finiquito, la ayuda es gratuita: la PROFEDET asesora y representa trabajadores sin costo. No necesitas contratar abogado para reclamar.
Guarda tus recibos de nómina y tu contrato: son la prueba de tu salario base.
Y una vez que llega
Es dinero que entra de golpe, y desaparece igual de rápido si no decides antes en qué se va. Un reparto que funciona:
- Si tienes deuda de tarjeta, ahí va primero. Nada de lo que hagas con ese dinero rinde más que quitarte una deuda al 50% anual.
- Si no tienes deuda cara, refuerza tu fondo de emergencia.
- Si ya lo tienes lleno, es el momento perfecto para empezar a invertir o hacer una aportación voluntaria a tu afore.
Y sí, gastar una parte en disfrutar también es una decisión legítima. Solo que sea una decisión, no un descuido.
Información general con fines divulgativos, no asesoría legal ni fiscal. Consulta gratuitamente con PROFEDET si tu caso concreto no encaja.
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